Medidas adoptadas en materia económica en el estado de alarma

. Publicado en Alerta Sanitaria

listado medidas economicas covid19 pCon ocasión de la situación especial originada por el Estado de Alarma y dada la limitación de acción de la ciudadanía así como las dificultades económicas originadas, en materia de recaudación de los tributos locales, el Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial, con el que tenemos convenidas estas competencias, de cara a facilitar a la ciudadanía el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la hacienda local, ha tomado, entre otras las siguientes medidas:

  • No se llevará a cabo embargo alguno durante el Estado de Alarma.
  • No se van a devengar recargos nuevos ni intereses durante el tiempo que dure esta situación especial.
  • En caso de deuda que coincida con plazos de cobro vencidos durante el periodo de confinamiento, se va a mantener en la misma situación que se encontraba cuando se decretó el estado de alarma una vez transcurrido éste.
  • Las domiciliaciones previstas se remitirán con normalidad. Las devueltas volverán a ser domiciliadas por segunda vez una vez termine el Estado de Alarma.
  • El IVTM (Impuesto de vehículos) cuyo periodo voluntario termina en abril se amplía hasta el 20/07/2020.
  • El IBI del Primer Semestre, cuyo periodo voluntario termina en mayo, se amplía hasta el 25/07/2020.
  • En el caso de fraccionamientos de pago aprobados, se aplazan las cuotas de abril y mayo, reanudándose los cobros en Junio y ampliando el periodo de fraccionamientos en los meses aplazados.
  • Las fracciones de los Planes Personalizados de Pago se remitirán para su cobro normal y las que sean devueltas, se recalcularán e incluirán en las restantes fracciones.

Así con carácter general:

  • Una vez finalizado el Estado de Alarma, los ciudadanos dispondrán de plazo suficiente para atender el pago de sus obligaciones tributarias así como concesión de fraccionamientos con mayores facilidades.
  • En general se amplían los calendarios tributarios mientras dure el Estado de Alarma y sus prórrogas, sin sobrepasar la fecha del 30/11/2020.

El Ayuntamiento de Ubrique:

  • No liquidará la tasa de Ocupación de la Vía Pública como veladores, quioscos y mercadillo, durante el Estado de Alarma al no producirse el Hecho Imponible de la ocupación.
  • Ofrece al contribuyente, para aquellos tributos de recaudación municipal como Licencias de Obra, Plusvalías, Entrada de Garajes, Cementerio... un fraccionamiento y aplazamiento mensual que le facilite el pago de la deuda.
  • PROUVISA también ofrece una moratoria a nuestros comerciantes de la liquidación de la tasa del Mercado Municipal de Abastos durante los meses del Estado de Alarma, hasta su finalización, así como el fraccionamiento de sus obligaciones.
  • Garantiza los servicios básicos en situación de vulnerabilidad.
  • Desde la declaración del Estado de Alarma y hasta su finalización no se efectuará ningún cobro en la Escuela Municipal de Música de Ubrique y en el Patronato Municipal de Deportes de Ubrique.

La Empresa Mixta Aguas de Ubrique S.A. (EMAUSA):

  • Elimina temporalmente el recargo por pago fuera de plazo y amplía los periodos de cobro, nuevos períodos que se especificarán en las correspondientes facturas.

La Mancomunidad y la empresa pública comarcal BASICA S.A.U.:

  • Comunicará al Ayuntamiento las medidas adoptadas en torno a la tasa de recogida de basura, donde al menos no habrá recargo sobre el aplazamiento de las cuotas.

Para cualquier información o aclaración puedes llamar a los números de teléfono de los Servicios Económicos Municipales o de EMAUSA que se encuentran disponibles en esta web municipal junto a otros de interés.

Calendario de eventos

[Ampliar calendario]

Este sitio utiliza cookies propias y de terceros para ofrecerle una mejor experiencia y servicio. Encontrará más información en nuestra Política de cookies.Aceptar