Ampliación hasta el 31 de agosto del período voluntario de pago de los tributos encomendados al Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria
El Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Cádiz informa que teniendo en cuenta las medidas previstas en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, el Real Decreto 476/2020 de 27 Marzo y 487/2020 de 10 de Abril y en atención a las dificultades que la situación excepcional generada por el COVID-19 puede entrañar para los obligados tributarios en orden a cumplir las mismas, se establecen medidas de flexibilización de los plazos, ampliándose los mismos para aquellos valores cuya fecha de finalización de pago en voluntaria finaliza entre el 20 y el 27 de julio.
Según lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria que determina que la Administración competente podrá modificar los plazos de cobro de las deudas de notificación colectiva y periódica siempre que éste no sea inferior a dos meses, en uso de las atribuciones legalmente conferidas y en ejecución del decreto RECAU 02254-2020, se amplía hasta el 31 de agosto el período voluntario de pago relativo a la cobranza de valores tributarios y otros ingresos de derecho público encomendados al Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria.